martes, 23 de junio de 2015

LEY DEL FEMICIDIO



                             LEY DEL  FEMICIDIO 

La Ley N° 20.480  modifica a la ley Nº 20.066 sobre violencia intrafamiliar la cual aumenta las penas sobre el delito de femicidio e introduce reformas acerca del parricidio. Esta ley está a cargo del ministerio de justicia, siendo promulgada en Chile el 13 de diciembre de 2010. La ley de femicidio, fue creada a partir de los constantes homicidios cometidos contra las mujeres por parte de sus parejas o cónyuges en los últimos años.
Ésta es el fruto de dos mociones, que fueron discutidas en la Cámara de Diputados, en el Senado y en Comisión Mixta

Perfil psicológico de los femicidas

Sosman, psicóloga perito judicial chilena, participó en el Tribunal Alterno Contra los Femicidios el pasado 19 de junio como psicóloga forense, realizando un análisis psicológico de los femicidas de los tres casos emblemáticos que se abordaron en el tribunal alterno.
Sosman, de nacionalidad chilena y perito forense especializada en evaluaciones a imputados y víctimas de delitos violentos, compartió con la campaña contra los femicidios unos breves minutos al final del evento y mencionó que en todos los casos de femicidios existen varias similitudes, y que a su vez concuerdan con antecedentes de criminalidad, violencia física y psicológica, y el abuso excesivo del alcohol.
Los femicidas de Claudia Rojas, Susana Cortés y Celia Gómez, comprendían edades entre 30 y 40 años, con un nivel socioeconómico y de escolaridad bajo, pero ante todo con antecedentes de conducta violenta, particularmente hacia la pareja. Sin embargo, aunque estos componentes o catalizadores no son la norma para cometer actos de violencia contra las mujeres, vuelven mucho más riesgoso y predisponen a los hombres a ejercer actos de violencia más extrema como ser el femicidio.
Mencionó que en los países de Mesoamérica, la tasa de femicidios se ha incrementado en los últimos años y al igual que otros fenómenos sociales o de pobreza que puedan influir, existen otros catalizadores como el tráfico y consumo de drogas, pero en los tres casos no se pudieron observar estas características.

El machismo como factor influyente

Sosman hizo énfasis en que el femicida no tiene un perfil único ya que la violencia contra las mujeres es producto de un contexto histórico, socio-cultural y familiar donde se reproducen patrones y dinámicas en las relaciones de pareja que implica violencia hacia la mujer y donde el factor influyente es: el machismo, una opresión dominante en toda Latinoamérica, la cual todavía establece que la mujer le pertenece al hombre, sobre todo cuando la mujer depende económicamente y no está inserta en el mercado laboral, ya que una mujer que tiene estas características es más fácil de ser vulnerable ante la violencia de pareja.
Ante este fenómeno Adriana Sosman, manifestó que eventos como el Tribunal Alterno cumple una función de hacer conocer a las mujeres sobre sus derechos, sobre todo el acceso a la justicia y a una vida libre de violencia.
Sosman hizo un llamado a la reflexión sobre el concepto de amor, el cual no significa posesión; los celos y la posesión no representan mayor amor hacia la pareja y muchas veces las mujeres y hombres tienden a asociarlos.
Es por eso, que la violencia en la pareja no debe minimizarse, ya que lo esencial es prevenir. Sosman recomendó que al más mínimo indicio de violencia las mujeres deban estar alertas y prestar la debida atención, ya que por regla general la violencia en una relación de pareja no disminuye nunca y tiende a aumentarse. Asimismo mencionó que hay que prevenir desde las primeras etapas de las relaciones y generar relaciones sanas libres de posesividad hacia el otro.
El Tribunal Alterno fue una acción simbólica, basada en principios éticos que buscan representar el deber ser de la justicia e incidir en los tomadores de decisión para que mejoren sus prácticas permitiendo, protegiendo y garantizando el derecho de las hondureñas a una vida libre de violencia.6

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